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enero 23, 2019
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Durante el año 2018 casi la mitad de las sentencias dictadas en los juzgados de primera instancia
en materia penal de la ciudad de Gómez Palacio, se resolvieron a través del Procedimiento
Abreviado.
A diferencia del sistema tradicional, en la modalidad de enjuiciamiento acusatorio adversarial –
antes conocida como Nuevo Sistema de Justicia Penal-, existen diversas alternativas para resolver
un conflicto.
El Procedimiento Abreviado se presenta como un mecanismo al que puede acceder el acusado,
cuando decide reconocer su responsabilidad en el hecho que se le imputa y concluir en breve
lapso de tiempo su proceso penal.
Al reconocer su responsabilidad, el acusado tiene la posibilidad de recibir la pena mínima de
acuerdo al delito cometido y además, la reducción de hasta un tercio de la misma.
Para ello, el acusado debe renunciar a su derecho de debatir su presunción de inocencia en un
juicio oral, donde tres juzgadores escuchan testimonios y valoran de primera mano medios de
prueba como pueden ser videos, periciales y documentales.
En todos los casos, el acusado es informado tanto por su abogado defensor como por el Juez de
Control de su derecho a un juicio oral, así como los beneficios de acogerse a un Procedimiento
Abreviado.
Durante el periodo comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre del año 2018, en los juzgados
de primera instancia de la ciudad de Gómez Palacio, se dictaron 418 sentencias en materia penal.
De estas, 206 que representan el 49 por ciento del total, fueron a través del Procedimiento
Abreviado, seguida por el sobreseimiento por suspensión de proceso a prueba con el 41 por
ciento equivalente a 170.
En siete causas penales se dictó sentencia condenatoria en Juicio Oral y dos bajo la misma
modalidad pero de sentencia absolutoria.

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